El 20 de septiembre, el Buró Municipal de Comercio de Beijing, el Buró Municipal de Finanzas de Beijing y otras entidades correspondientes publicaron el Aviso sobre la revisión de la elegibilidad para la exención fiscal en la importación de equipos por centros de I+D con inversión extranjera.
I. Condiciones de elegibilidad
Los centros de I+D con inversión extranjera que deseen acogerse a este beneficio fiscal deberán cumplir, de manera simultánea, los siguientes requisitos:
1. Criterios relativos al gasto en I+D: la inversión total de una entidad jurídica independiente no será inferior a 8 millones de dólares estadounidenses. En el caso de entidades sin personalidad jurídica independiente, la inversión total en I+D no deberá ser inferior a 8 millones de dólares estadounidenses.
2. El número de personal a tiempo completo dedicado a investigación y desarrollo experimental no será inferior a 80 personas.
3. El valor acumulado original de los equipos adquiridos por el centro desde su constitución no deberá ser inferior a 20 millones de yuanes.
II. Materiales de solicitud
1. Original de la solicitud;
2. Original del formulario de revisión;
3. Copia del informe de verificación de capital y del informe de auditoría del ejercicio anterior;
4. Original del cuadro resumen de los equipos adquiridos acumulados;
5. Original del contrato de compra de los equipos importados firmado y de la carta de compromiso que garantice la entrega antes de finalizar el año en que se presenta la solicitud;
6. Original de la nómina del personal a tiempo completo adscrito a actividades de investigación y desarrollo experimental.
III. Procedimiento de revisión
1. Presentar los documentos de solicitud ante el Buró Municipal de Comercio de Beijing;
2. Tras la admisión y la revisión preliminar por parte del Buró Municipal de Comercio de Beijing, dicho organismo convocará y coordinará una reunión conjunta con las dependencias de revisión competentes para llevar a cabo la revisión correspondiente;
3. Las entidades que cumplan con los requisitos serán publicadas formalmente mediante un anuncio conjunto. El resultado de revisión se notificará por oficio a la Aduana de Beijing, con copia al Buró Municipal de Finanzas de Beijing y al Buró Municipal de Impuestos de Beijing; asimismo, se remitirá al Ministerio de Comercio y se comunicará a los centros de I+D con inversión extranjera solicitantes. En caso de incumplimiento, se emitirá un dictamen de revisión por escrito en el que se expliquen los motivos.
4. El resultado de la revisión deberá emitirse en un plazo máximo de 45 días hábiles, contados a partir de la fecha de admisión de la solicitud. El periodo invertido en la subsanación de requerimientos documentales no será computable dentro de dicho plazo.
IV. Otros asuntos
1. Los impuestos cobrados que estén sujetos a exención serán reembolsados según la solicitud, junto con los intereses de depósitos bancarios a la vista correspondientes al mismo período.
2. En caso de que el centro de I+D con inversión extranjera cambie de denominación, alcance de negocios u otros aspectos, deberá notificarlo de manera oportuna al Buró Municipal de Comercio de Beijing a efectos de reevaluar su continuidad en el régimen de beneficios fiscales.
3. El Comité de Administración de la Zona de Desarrollo Económico y Tecnológico de Beijing, facultado por el Gobierno Municipal, así como las oficinas de comercio de los seis distritos de Chaoyang, Haidian, Tongzhou, Shunyi, Changping y Daxing, podrán aplicar por analogía lo establecido en el presente Aviso.
Las unidades pertinentes facultadas coordinarán una reunión conjunta de evaluación y remitirán la lista de los calificados al Buró Municipal de Comercio de Beijing. El Buró Municipal de Comercio de Beijing enviará oficios a la Aduana de Beijing, el Buró Municipal de Finanzas de Beijing y el Buró Municipal de Impuestos de Beijing para recabar sus opiniones; una vez alcanzado el consenso unánime, las unidades facultadas publicarán el anuncio correspondiente y notificarán a los centros de I+D con inversión extranjera correspondientes. El Buró Municipal de Comercio de Beijing enviará un oficio a la Aduana de Beijing, con copia al Buró Municipal de Finanzas y al Buró Municipal de Impuestos de Beijing, y lo remitirá al Ministerio de Comercio. En caso de incumplimiento, se emitirá un dictamen de revisión por escrito en el que se expliquen los motivos.
V. Período de vigencia
Del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2030.