Si el lugar de residencia del dueño del perro cambia, el dueño del perro primero deberá, dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha del cambio, acudir a la autoridad de seguridad pública del nuevo lugar de residencia con el original de la “Licencia de registro de crianza de perros” para realizar el trámite de registro del cambio, y después deberá realizar los procedimientos de control anual.
Si el dueño del perro transfiere a su perro registrado en una zona de gestión general a una zona de gestión clave para su crianza, deberá cumplir con las condiciones de crianza de perros en la zona de gestión clave y, dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha del traslado, deberá acudir a la autoridad de seguridad pública del nuevo lugar de crianza del perro con la “Licencia de registro de crianza de perros” para solicitar el trámite de registro del cambio, al mismo tiempo, se deberá compensar la diferencia de la tarifa del servicio de gestión del primer año.